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¿En qué consiste el estado de alarma?

por WebSalud
¿En qué consiste el estado de alarma?
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Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha decidido tomar cartas en el asunto tras una evidente crisis sanitaria internacional por culpa del coronavirus. El máximo mandatario ha anunciado que el Consejo de Ministros de este sábado 14 de marzo declarará el estado de alarma. ¿Pero en qué consiste el estado de alarma?

Sánchez no ha concretado cuáles serán las medidas que adoptará su Ejecutivo, pero la ley establece un catálogo de posibilidades para “crisis sanitarias o epidemias”. Este escenario ya es un hecho tras registrarse dentro de nuestras fronteras más de 4.000 contagiados y cerca de 90 fallecidos.

Así, el Consejo de Ministros tendría que aprobarlo por decreto y establecer una duración no superior a 15 días, aunque la ley permite prórrogas previo paso por el Congreso: “En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga”.

El estado de alarma está previsto en el artículo 116 de la Constitución y permite que en casos de gravedad como “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves” se tomen una serie de medidas muy drásticas que limitan el día a día de los ciudadanos.

La movilidad, bajo lupa

El Gobierno puede escoger qué medidas adopta. La ley le permite hasta cinco opciones. La primera que parece se va a tomar es similar a la versión italiana. Esta consiste en “limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos”, por lo que la movilidad dejaría de ser libre.

Por otro lado, el estado de alarma supondría una limitación de la propiedad privada, ya que el Ejecutivo podría estar legitimado para “practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias”. La ley también le da potestad para “intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados”.

Alimentación durante el estado de alarma

La alimentación no corre peligro. España goza de un gran sistema de servicios alimenticios y grandes cadenas de supermercados que no tienen problemas de abastecimiento. Son muchas las personas que se han apresurado a realizar grandes compras de productos como si fueran a quedar encerradas en casa 6 meses, pero ello obedece sólo al miedo escénico. En caso de complicaciones reales, el estado de alarma lo tiene previsto. Dicho esto, se podría “limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad”.

Recuerda que la primera y más importante medida de la ciudadanía pasa por no salir de casa más de lo necesario. También es primordial lavarse las manos con mucha frecuencia. En caso de no disponer de gel desinfectante, emplea jabón de manos a conciencia. ¿Cómo fabricar gel desinfectante casero contra el coronavirus?

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